Durante años, el Kit Digital fue la forma más habitual de que una pyme o un autónomo en España pagara su web con ayuda pública: un bono de Red.es que se canjeaba con un agente digitalizador adherido al programa. Muchas empresas nos preguntan si todavía se puede pedir. Esta es la situación según la sede electrónica de Red.es y el BOE, a fecha de octubre de 2026. Es información general, no asesoramiento jurídico.

La respuesta corta

Hoy no se puede solicitar el Kit Digital. Los plazos de solicitud de todos los segmentos figuran como finalizados en la sede electrónica de Red.es y, a fecha de este artículo, no se ha publicado ninguna convocatoria nueva. Desconfía de quien te ofrezca «tramitar el Kit Digital» ahora como si fuera una ayuda abierta.

Cuándo cerró cada segmento

  • Segmento I (de 10 a menos de 50 empleados): plazo cerrado el 31 de diciembre de 2024; ayuda máxima de 12.000 euros (Red.es).
  • Segmento II (de 3 a menos de 10 empleados): plazo cerrado el 31 de diciembre de 2024; ayuda máxima de 6.000 euros (Red.es).
  • Segmento III (de 0 a menos de 3 empleados, incluidos los autónomos): plazo cerrado el 31 de octubre de 2025; ayuda máxima de 3.000 euros (Red.es).
  • Segmentos IV y V (de 50 a menos de 250 empleados): plazo cerrado el 30 de junio de 2025 (Red.es).

¿Qué cambió en 2026?

La Orden TDF/39/2026, publicada en el BOE el 28 de enero de 2026, modificó las bases del programa. No abre ningún plazo de solicitud, pero cambia tres cosas:

  • Las bases se aplican hasta que se agoten por completo los fondos del Programa Kit Digital.
  • Red.es debe reinvertir el presupuesto que no se ejecute, incluso después de 2026.
  • Si, una vez resuelta una convocatoria, quedan fondos sin asignar, el órgano instructor formulará nuevas propuestas de resolución para las solicitudes que no se pudieron conceder por agotamiento del crédito. Esto se aplica también a las convocatorias vigentes cuando entró en vigor la orden.

En la práctica: si tu solicitud se denegó solo por falta de presupuesto, revisa tus notificaciones en la sede electrónica de Red.es, porque podrías recibir una nueva propuesta si quedan fondos. Si nunca la presentaste, esta orden no te permite pedirla ahora.

Si ya tienes un bono concedido

El bono solo puede canjearse con un agente digitalizador adherido al programa, y los plazos que mandan son los de tu resolución de concesión. Antes de firmar nada, revisa en la sede de Red.es qué plazos te quedan y qué solución vas a contratar, y pide por escrito qué incluye exactamente la web: páginas, textos, mantenimiento y qué pasa cuando termine el periodo cubierto.

Si no tienes bono: cómo invertir bien en una web

Sin ayuda, la web la pagas tú, así que conviene invertir en lo que de verdad trae clientes:

  • Un objetivo claro: llamadas, presupuestos, reservas o ventas. Cada página debe llevar a esa acción.
  • Que te encuentren en tu zona: un perfil de empresa en Google completo y páginas que respondan a lo que la gente busca. Lo explicamos en nuestro checklist de SEO local.
  • Rapidez en el móvil: la mayoría de visitas llegan desde el teléfono; una web lenta pierde clientes antes de cargar.
  • Contacto sin fricción: un formulario corto, WhatsApp y el teléfono visibles en cada página.
  • Los textos legales: aviso legal, política de privacidad y de cookies, como exigen la LSSI y el RGPD.

Algunas comunidades autónomas, ayuntamientos y cámaras de comercio tienen ayudas propias a la digitalización; consulta las de tu zona antes de empezar. Y si quieres saber cuánto cuesta una web profesional sin bono, lo detallamos en ¿Cuánto cuesta una página web?.

¿Quieres una web que traiga clientes, con o sin ayudas? Cuéntanos qué necesitas y recibirás un presupuesto claro, personal y gratuito. Mira también cómo trabajamos en diseño web.

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